Al cierre de la edición de esta revista, la Consejería de Educación, Formación Profesional, Actividad Física y Deportes del Gobierno de Canarias acaba de publicar, después de un dilatado proceso de tramitación, la baremación definitiva del procedimiento selectivo excepcional de estabilización, por el sistema de concurso de méritos, para el ingreso en los cuerpos de Profesores de Enseñanza Secundaria, Maestros, Profesores de Escuelas Oficiales de Idiomas, Profesores y Maestros de Taller de Artes Plásticas y Diseño, y Profesores Especialistas en Sectores Singulares de FP.
Una vez transcurrido el plazo de cinco días para que los aspirantes con plaza por más de una especialidad del mismo Cuerpo opten por la que más les interese, para que quienes hayan superado procedimientos selectivos en convocatorias correspondientes a distintas administraciones educativas se decanten por una de ellas y para cualquier otra renuncia, la Consejería aplicará estos cambios, publicando la propuesta definitiva de personas seleccionadas.
Desde el día siguiente a esta publicación, se abre un plazo de 20 días naturales para que las personas seleccionadas presenten la documentación establecida en la base 11 de la convocatoria:
• Declaración responsable de no haber sido separado por expediente disciplinario del servicio de ninguna Administración, ni de hallarse inhabilitado por sentencia firme para el ejercicio de funciones públicas (para quienes no posean nacionalidad española, declaración responsable de no estar sometidos a sanción disciplinaria o condena penal que impida en su Estado el acceso a la función pública).
• Declaración responsable de no estar incurso en ningún motivo de incompatibilidad.
• Documento de identidad en vigor (para quienes no posean la nacionalidad española, documento oficial en vigor acreditativo de su residencia en España).
• Certificado del Registro Central de Delincuentes Sexuales que acredite que no ha sido condenado por sentencia firme por algún delito contra la libertad e indemnidad sexual.
• Título exigido para ingreso en el cuerpo correspondiente, o bien resguardo de haber abonado los derechos para su expedición, o certificación académica en la que conste el abono de los derechos de titulación (más la correspondiente homologación cuando la titulación se haya obtenido en el extranjero).
• Para las personas con discapacidad, documento de reconocimiento de esta e informe que acredite la procedencia de adaptación y compatibilidad con el desempeño de las funciones.
La Consejería ha asegurado que el nombramiento definitivo como personal funcionario de carrera de las personas seleccionadas por parte del Ministerio de Educación se hará con efectos retroactivos desde el 1 de enero de 2025.
Asimismo, ha confirmado que ningún docente interino con destino en centros públicos de Canarias se va a ver afectado este curso por la resolución de este procedimiento.